martes, 30 de julio de 2013

ENSAYANDO EN JULIO




Algunos momentos de los Ensayos que estamos teniendo en los meses de Julio y Agosto, de momento con la Parihuela que nos ha cedido la Hermandad del Gran Poder, hasta que venga la nueva de nuestra Hermandad, si Dios quiere para el Miércoles 7 de Agosto. 
Este año vamos a apostar toda la Junta de Gobierno por pasear a Nuestra Patrona la Stma Virgen de Consuelo con tosdos los Costaleros por debajo de Ella, para que sea la ÚNICA en ese día tan importante en Alcolea del Río

lunes, 29 de julio de 2013

REGLAS: CAPITULO 6

DE LAS BAJAS Y SANCIONES DE LOS HERMANOS.

Regla 36.- Los hermanos causaran baja en la Hermandad, por las siguientes causas:
                  A. Por fallecimiento.
                  B. Por perder las condiciones requeridas conforme a la Regla 17.
                  C. Por voluntad propia, solicitándolo preferentemente por escrito a la Junta de Gobierno.
                  D. Por decisión unánime y deliberación secreta de la Junta de Gobierno, conforme a las presentes reglas y ratificaciones de la Autoridad Eclesiástica.
                  E. Después de apercibido por impago de cuotas injustificadas durante tres ejercicios.

Regla 37.-

FALTAS: Los hermanos pueden incurrir en Faltas, que se guardaran en leves, graves y muy graves:

Son conductas constitutivas de faltas leves:

  • El reiterado incumplimiento de sus deberes como Hermano.
  • El reiterado incumplimiento de lo acordado válidamente en Cabildo General o de lo preceptuado válidamente por la Junta de Gobierno.
  • La falta de respeto y caridad a otro miembro de la Hermandad.

Las faltas leves serán sancionadas con:

  • Con suspensión de los derechos de hermano por un tiempo de seis meses.
  • Con simple amonestación del Hermano Mayor.


Son conductas constitutivas de faltas graves:

  • El comportamiento público causante del mal ejemplo o escándalo.
  • La falta de respeto y caridad a la Autoridad Eclesiástica.
  • La asistencia indecorosa a algún acto de la Hermandad que ofenda los sentimientos de piedad o dignidad colectivos.
  • La reiteración de tres o más faltas leves.

Las faltas graves serán sancionadas con:

  • Con suspensión de los derechos de hermano por un tiempo de 3 meses a 1 año.
  • Con la separación forzosa de la Hermandad por un tiempo de 3 meses a 1 año, con pérdida de la antigüedad en la misma.


Son conductas constitutivas de faltas muy graves:

  • Rechazo publico a la Fe Católica.
  • Los actos efectuados contrarios a la Iglesia Católica.
  • La incursión de pena de excomunión impuesta por la legítima Autoridad Eclesiástica.
  • El impago de cuotas sin causa justificada, debidamente expuesta, durante un periodo de dos meses en adelante.
  • Hacer uso de la documentación o información de la Hermandad para interés ajeno a la misma.


Las faltas muy graves serán sancionadas con:

  • La separación definitiva de la Hermandad.
  • Con la inhabilitación absoluta e indefinida para ejercer cargo alguno en la Hermandad.


Regla 38.- El procedimiento final para la validez de la sanción canónica, observara los siguientes extremos:
1. Corrección fraterna, dándole a conocer la ley que contempla la falta cometida y la sanción propuesta.
2. En caso de que no pida perdón reconociendo la falta cometida se iniciará el expediente sancionador.
3. El expediente sancionador contemplará:

  • Los datos personales del Hermano que ha cometido la falta. 
  • Los hechos, donde tuvo lugar la falta cometida.
  • Definición de la falta, que expresamente está recogida en las Reglas, o bien en el Código de Derecho Canónico.
  • El momento o momentos de la corrección fraterna, y su resultado.
  • Las pruebas recogidas sobre la falta cometida.
  • Plazo de alegaciones del presunto reo.

El expediente sancionador se enviara completo al Vicario General, a fin de obtener el visto bueno a su aspecto formal. Mientras tanto, el hermano goza de todos los derechos y deberes en la Hermandad. Obtenido el visto bueno, la Hermandad comunicará al Hermano la sanción correspondiente. Contra la sanción impuesta por la Hermandad, el hermano tendrá derecho a interponer el correspondiente recurso ante la autoridad competente.

jueves, 25 de julio de 2013

Una Oracion por la Victimas de Santiago de Compostela

La Hermandad de Ntra. Sra. del Consuelo. Patrona de Alcolea del Rio, con las victimas del Accidente Ferroviario de Santiago de Compostela. A todos nuestros Hermanos les pedimos una Oración a nuestra Patrona para que interceda por todos ellos.

lunes, 22 de julio de 2013

REGLAS: CAPITULO 5

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS HERMANOS. LOS DERECHOS DE LOS HERMANOS.

Regla 21.- Los hermanos tienen derecho a gozar de todos los bienes espirituales de la Hermandad.

Regla 22.- Todos los hermanos mayores de dieciocho años, tienen el derecho de asistir con voz y voto, a los Cabildos Generales, tanto ordinarios como extraordinarios que celebre la Hermandad, y a los cuales deberán ser citados conforme establecen estas Reglas.

Regla 23.- Todo hermano mayor de dieciocho años, y que lleve un año mínimo inscrito en la Hermandad tiene derecho a ser elegido para formar parte de la Junta de Gobierno, siempre que reúna las condiciones que previenen las disposiciones canónicas vigentes y las presentes Reglas.

Regla 24.- Los hermanos tienen derecho a ostentar la Medalla de la Hermandad, como insignia que le es propia, como establecen las presentes Reglas.

Regla 25.- Todo hermano tiene derecho a presidir la mesa petitoria el día señalado en la novena.

Regla 26.- Todos los hermanos a su fallecimiento tendrán derecho a que se celebre una misa en sufragio por su alma.

LAS OBLIGACIONES DE LOS HERMANOS.

Regla 27.- Constituye obligación esencial de los hermanos inspirar su vida pública y privada en los principios cristianos de la Caridad, y siendo en todo consecuentes con su fe.

Regla 28.- Como obligación corporativa y al mismo tiempo personal, los hermanos deberán asistir a los distintos Cultos que organice la Hermandad, observando la debida compostura en los mismos.

Regla 29.- En todos los actos públicos y celebraciones los hermanos deberán comportarse como miembros de esta Hermandad, de manera que no ofendan los sentimientos de piedad colectiva. E igualmente deberán acatar las directrices que sean dadas por la Junta de Gobierno, a través de los miembros encargado de ello.

Regla 30.- Es deber de los miembros de esta Hermandad, acudir a las citaciones y llamamientos de la Junta de Gobierno, comprometiéndose a respetar lo que fuere dispuesto por ella, siempre que no estuviere en oposición con lo establecido en estas Reglas.

Regla 31.- Será obligatoria la asistencia de los hermanos, mayores de 18 años, a los Cabildos Generales, de no existir causa que los exima.

Regla 32.- Los hermanos tienen la obligación de colaborar en cuantas obras asistenciales y de promoción religiosa, cultural, y social, organice la Hermandad.

Regla 33.- Es deber de todos los miembros de la Hermandad colaborar con las necesidades materiales de la misma, sufragando las cuotas que, con carácter de mínimo, establezca la Junta de Gobierno.

Regla 34.- Acompañar a Nuestra Señora María Santísima del Consuelo en su salida procesional del 8 de Septiembre.

Regla 35.- Portar la Medalla de la Hermandad en todos los actos de culto a que se asiste.

martes, 16 de julio de 2013

REGLAS: CAPITULO 4

DE LOS MIEMBROS DE LA HERMANDAD.

Regla 17.- Podrán pertenecer a esta Hermandad, todos aquellos fieles cristianos de ambos sexos que sean conscientes de su pertenencia a la Iglesia, que hayan asumido libremente su condición de bautizado, por el que están incorporados a Cristo, y sean miembros vivos de su cuerpo, la Iglesia.
Por tanto habrán de ser personas bautizadas, que no estén legítimamente impedidos por el derecho, y que profesen la Fe Católica y Apostólica, y sean consecuentes con ella, dando a sus vidas un compromiso real, autentico y efectivo, de Hijos de Dios.

Regla 18.- Para pertenecer a esta corporación, será necesario solicitarlo por escrito a la Junta de Gobierno, a través del Secretario, siendo presentado por otro miembro de la Hermandad, como testigo de conocimiento, siendo necesario adjuntar la partida de bautismo a la solicitud.
El solicitante recibirá, por parte de las personas para este fin, la formación necesaria sobre los elementos esenciales de la Fe Católica, así como el ser y los fines de una Hermandad.
En el caso de ser menor de edad o estar incapacitado, lo hará en su nombre algunos de sus padres o tutor.
El Secretario dará cuenta de cada solicitud en el Cabildo de Oficiales más próximo, previo informe del Fiscal, que lo someterá a resolución. En caso de ser favorable, el Secretario lo comunicará al solicitante, quedando inscrito en el libro de Hermanos.
Los catecúmenos pueden ser admitidos como hermanos, quedando excluidos del cumplimiento de las obligaciones que suponen la previa recepción del Bautismo.

RECEPCIÓN DE HERMANOS.

Regla 19.- Una vez admitido el nuevo hermano, se llevará a cabo la recepción oficial y canónica.
La recepción se realizará en cualquiera de los actos de culto que celebre la Hermandad.
El acto de recibimiento de los hermanos se efectuará en presencia de una representación de la Junta de Gobierno, en la que deberá estar necesariamente el Secretario, el cual leerá la fórmula de juramento que figura como anexo a etas reglas, a lo que contestará y jurará el nuevo hermano, ante el Libro de Reglas de la Hermandad y con la mano sobre los Santos Evangelios. En el supuesto de ser menor lo hará alguno de sus padres o tutor.
Acto seguido, el Hermano Mayor o quien lo represente, le impondrá la Medalla de la Hermandad.

Regla 20.- Una vez recibido el juramento, quedará el nuevo hermano incorporado a la Hermandad como hermano de pleno derecho.

domingo, 14 de julio de 2013

ENSAYOS Y NORMAS A LOS COSTALEROS DEL CONSUELO

Os comunicamos los Ensayos que tenemos pensado realizar esta año 2013.

JULIO: 19,26 (Viernes). 31 (Miércoles).

AGOSTO: 2,9,16,23,30 (Viernes). 7,14,21,28 (Miércoles)

Todos los ensayos estamos citado a las 21 horas en la Puerta de la Iglesia.

Normas:

  • El Costalero que NO venga a ensayar que se abstenga de venir el día 8 de Septiembre para salir.
  • Debéis venir provisto de: Costal, Faja, Zapatilla.
  • El día 8 de Septiembre, lo único que se pide que sea igual para todos los Costaleros es camiseta blanca con el escudo de los Costaleros del Consuelo y Pantalon Azul (Vaquero, o el mas cómodo que tengáis).

jueves, 11 de julio de 2013

ENSAYOS COSTALEROS DEL CONSUELO

Este próximo Viernes, día 12 de Julio 2013 a las 21:30 h, en los aledaños de la Iglesia tenemos previsto la primera igualá de Costaleros del Consuelo.
Este año se sale con Costal y por dentro.

Puntualizaciones:

  • Llevar zapatillas que utilicéis el próximo día 8 de Septiembre.
  • Para salir de Costalero, hay que ser Hermano de la Hermandad del Consuelo.
  • Tenéis que anotar el nombre, DNI, correo electrónico, para el seguro.
  • Si sois menores de edad (17 años) tenéis que aportar una autorización de vuestros padres o tutores, ya que el seguro no se hace cargo de alguna lesión que pudierais sufrir.
  • Ya informaremos del resto de fechas para ensayos (una vez tengamos la Parihuela en Alcolea).
  • Podéis (el que no lo tenga) ir confeccionando o comprándolo el Costal, la Faja, etc..
Un abrazo a todos los Costaleros.
Raimundo Caro

lunes, 8 de julio de 2013

REGLAS: CAPITULO 3

INSIGNIAS DE LA HERMANDAD.

EL ESTANDARTE.

Regla 14.- Las insignia de la Hermandad, la constituye el Estandarte, confeccionado en tela amarilla y blanca, en el centro una pintura circular con la imagen de la Santísima Virgen del Consuelo, rematado el hasta con una cruz de plata, lazo amarillo y blanco que recoge el estandarte.

LA MEDALLA.

Regla 15.- La insignia de los hermanos es la Medalla. Consta de la reproducción de la imagen de la Santísima Virgen del Consuelo en el anverso, y en el reverso la inscripción: “Ave María”, y alrededor de la misma “Nuestra Señora del Consuelo. Alcolea del Rio (Sevilla)”. La medalla irá suspendida de un cordón trenzado amarillo y blanco.

EL SELLO.

Regla 16.- El Sello que utiliza para dar autenticidad a cuantos documentos se expidan con carácter oficial, consta del símbolo de María, rodeado por el título de la Hermandad.

lunes, 1 de julio de 2013

REGLAS: CAPITULO 2

DE LOS FINES Y OBJETOS DE LA HERMANDAD.

Regla 6.- La Hermandad no es fin en sí misma, sino que está al servicio de la misión apostólica de la Iglesia de Cristo, de la que forma parte.

Regla 7.- La Hermandad ha de vivir su realidad eclesial en estrecha comunión con su Arzobispo, de quien recibe su misión.

Regla 8.- La Hermandad es un medio de comunión, entre hermanos que participan de unos mismos ideales y sentimientos religiosos, y de un amor compartido a Jesús y a su Madre, la Bendita Mujer que sirvió al Plan de Salvación que Dios que Dios quiso para la Humanidad.

Regla 9.- La Hermandad, tiene como fin principal y especifico la promoción del culto público a Dios Nuestro Señor, y a su Santísima Madre y Madre Nuestra, a la que con amor filial veneramos como la VIRGEN DEL CONSUELO.

Regla 10.- El culto público se tributará ofrecido en nombre de la Iglesia, por las personas legítimamente designadas, y mediante actos aprobados por la Autoridad Eclesiástica.

Regla 11.- Conscientes de que el culto divino, nace de la Fe en la Palabra, y de llevar a la vivencia de la caridad la Hermandad, tendrá como fines propios la Evangelización de sus miembros, mediante su formación teológica y espiritual y mediante el ejercicio de la caridad cristiana como manifestación del amor entre los hombres. Asimismo, fomentará relaciones fraternas entre sus miembros, y con otras hermandades y comunidades cristianas.

Regla 12.- La Hermandad, fiel a su vocación Católica y Mariana, defenderá los dogmas de Fe de Nuestra Santa Madre Iglesia, y muy especialmente, el Dogma de la Inmaculada Concepción de María, y el de su Gloriosa Asunción a los Cielos, en cuerpo y alma.

Regla 13.- La Hermandad participará de la vida pastoral y litúrgica de la Comunidad Parroquial en la que se encuentra establecida, cooperando en su labor asistencial.